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domingo, 14 de noviembre de 2021

Prohibido vender mascotas


Releo algunos recortes de periódicos digitales diversos que he ido recopilando sobre noticias de leyes relativas a la protección de derechos de las mascotas. Uno, resumo y compongo. Puede que algunos datos estén algo exagerados; y también puede que algunas legislaciones estén recientemente actualizadas, renovadas.

  

En EE.UU.

 

El estado de California (EE.UU.) aprobaba a finales de 2017 una ley que pretendía regular la venta de animales domésticos. "El operador de una tienda de mascotas no debe vender un perro, gato o conejo vivo en una tienda de mascotas a menos que haya sido obtenido de una agencia pública de control de animales, refugio, sociedad para la prevención de la crueldad de los animales o grupo de rescate que tenga al menos un acuerdo de cooperación con algún refugio público o privado".

Según el decreto, los minoristas deberán tener un registro de cada animal y documentar el origen de cada perro, gato o conejo que tenga a la venta, además de facilitar la inspección periódica por parte de las autoridades que registren los locales. Quienes incumplan estas medidas serán castigados con multas de 500 dólares (unos 437 euros).

Esta medida pretende controlar la cría indiscriminada de mascotas en Estados Unidos, donde cada año más de 6,5 millones de animales son recogidos por protectoras y refugios de todo el país, de los cuales, aproximadamente 1,5 millones son sacrificados.

No obstante, la ley solamente prohíbe la compra directa a minoristas, no aplicándose a criaderos, granjas, o particulares; aunque se espera que la compra de animales se reduzca y se aumente la adopción.




En el Reino Unido

 

El Reino Unido fue el primer país del mundo en aprobar una legislación para proteger a los animales en 1822 con la Ley de Trato Cruel del Ganado, más tarde la histórica Ley de Protección de los Animales en 1911, y tras varias reformas recientemente se elevó la pena máxima por crueldad animal de seis meses a cinco años. Estas últimas navidades (2020) prohibió la venta de cachorros de menos de seis meses en los comercios.

Una nueva división policial se especializará en luchar contra el robo de mascotas, un fenómeno que ha registrado un especial incremento en todo el Reino Unido a lo largo de la pandemia. La demanda de compañía ha disparado los precios de perros y gatos. Se impondrá además la obligación de que los felinos porten un microchip que identifique a su propietario (la obligación ya existe para los perros desde 2010). Se prohibirán los collares de entrenamiento que someten al animal a pequeñas descargas eléctricas. “Nuestras mascotas no solo tiene sentimientos, sino que son miembros muy queridos en todas las familias, y respaldamos todas aquellas medidas que les protejan de un sufrimiento innecesario”.

Las nuevas leyes en curso reducirán al mínimo el tráfico internacional de seres vivos, se declarará ilegal la posesión de todo tipo de primates como animal de compañía o la caza de liebre con perros. Se dispondrá incluso de control sobre posibles perros peligrosos para el ganado.

 

En España

 

En España las diferentes legislaciones no permiten exhibir animales en escaparates o zonas expuestas a la vía pública y sólo los podrán adquirir aquellas personas mayores de edad que no estén incapacitados. Además, condiciona la venta de perros y gatos físicamente en las tiendas: Los requisitos legales exigidos varían según la Comunidad (Madrid, Cataluña, Castilla y León, …), pero en general los animales han de colocarse en zonas que no puedan ser molestados, los cachorros de perro o gato no se pueden vender antes de las ocho semanas de vida y nunca han de separarse de la madre antes del momento del destete, si son importados de otros países de la Unión Europea no se pueden vender antes de las 12 semanas de vida, la estancia máxima de perros y gatos en un establecimiento comercial no podrá superar en ningún caso las tres semanas, y el personal de la tienda debe haber superado el curso de cuidador de animales.

La normativa (nacional, autonómica o local) da prioridad a su adquisición por catálogo y busca el castigo contra el abandono y el fomento de la adopción; prohíbe dar a las mascotas una educación agresiva o violenta, regalarlas como premio o reclamo publicitario o mantener a los animales atados o encerrados en condiciones que puedan suponer sufrimiento o daño para ellos. Los diferentes textos aprobados contemplan multas de entre 300 y 45.000 euros en función de las infracciones.

En España se tramita la modificación del Código Civil, de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Enjuiciamiento civil, para que los animales dejen de ser considerados objetos y sean reconocidos jurídicamente como seres vivos dotados de sensibilidad (dolor, alegría, tristeza). También se determinan los criterios para que los tribunales puedan decidir a quién se entrega la custodia de las mascotas “atendiendo a su bienestar” en separaciones o divorcios.

El Gobierno ha comenzado además a tramitar el anteproyecto de Ley de Bienestar Animal que permita establecer un marco común en todo el territorio nacional a finales de 2021, pues en la actualidad cada comunidad autónoma cuenta con su propia legislación. Se está trabajando en un proyecto para armonizar las leyes de perros de asistencia de las distintas comunidades y se está elaborando con Justicia una reforma del Código Penal para aumentar el máximo de 18 meses de cárcel por maltrato a un máximo de 3 años, entre otras medidas.